Ya sabemos que el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo consiste en un proceso lógico, por etapas y fases, basado en la mejora continua de acuerdo al Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019. Sin embargo, para una correcta implementación y seguimiento del SG-SST se debe tener en cuenta algunos aspectos principales:
1. Evaluación inicial del sistema de gestión:
La evaluación inicial deberá realizarse con el fin de identificar las
prioridades en seguridad y salud en el trabajo para establecer el plan
de trabajo anual o para la actualización del existente.
2. Identificación de peligros:
El empleador o contratante debe aplicar una metodología que sea
sistemática, que tenga alcance sobre todos los procesos y actividades
rutinarias y no rutinarias internas o externas, máquinas y equipos,
todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente
de su forma de contratación y vinculación, que le permita identificar
los peligros y evaluar los riesgos en seguridad y salud en el trabajo,
con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios,
realizando mediciones ambientales cuando se requiera.
3. Políticas y objetivos:
El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) que debe ser parte de las
políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros
de trabajo y todos sus trabajadores, independiente de su forma de
contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y
subcontratistas.
4. Plan de trabajo anual y asignación de recursos:
diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno
de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual debe identificar claramente metas,
responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en
concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de
Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.
5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción de SG-SST:
Los organismos y entidades públicas que están dentro del campo de
aplicación del presente capítulo, deberán incluir dentro de los Planes
Institucionales de Capacitación la realización de programas y talleres
dirigidos a impartir formación a los servidores públicos en materia de
negociación colectiva.
6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencia:
La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la
vulnerabilidad y sus correspondientes planes de prevención, preparación y
respuesta ante emergencias.
7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedad laboral:
Informar a la entidad territorial certificada en educación, a la
institución educativa o a la empresa o institución pública o privada que
lo afilió, la ocurrencia de incidentes, accidentes o de enfermedades
causadas por la práctica o actividad.
8. Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios con las disposiciones del SG-SST:
El empleador debe establecer y mantener un procedimiento con el fin de
garantizar que se identifiquen y evalúen en las especificaciones
relativas a las compras o adquisiciones de productos y servicios, las
disposiciones relacionadas con el cumplimiento del Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST por parte de la empresa.
9. Medición y evaluación de la gestión en SG-SST:
Todos los empleadores deberán realizar la evaluación y análisis de las
estadísticas sobre la enfermedad y la accidentalidad ocurrida en los dos
(2) últimos años en la empresa, la cual debe servir para establecer una
línea base y para evaluar la mejora continua en el sistema.
10. Acciones preventivas y/o correctivas:
El empleador debe garantizar que se definan e implementen las acciones
preventivas y correctivas necesarias, con base en los resultados de la
supervisión y medición de la eficacia del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de las auditorías y de la
revisión por la alta dirección.